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EL ORIGEN.
Hoy Decimos ! Basta !.
Sub Comandante Marcos
Ejercito Zapatista de liberación Nacional (1)
Como forma de respuesta radical a la profunda
desigualdad histórica que han sufrido los pueblos indios en México
en todos los niveles de sus vidas desde hace 5 siglos, el 1 de enero de 1994 se
levantó en armas el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN)
declarando la guerra al gobierno mexicano y exigiendo la reivindicación
urgente de los derechos indígenas.
Frente
a la situación de bárbara injusticia histórica sobre las
comunidades indígenas, el gobierno Mexicano y el Ejercito Zapatista de
Liberación Nacional, después de varios años de negociaciones
entre sí, firmaron el 16 de febrero de 1996 los Acuerdos de San Andrés
Larráinzar, que en esencia plantearon la construcción de otro pacto
social, integrador de una nueva relación entre los pueblos indígenas,
la sociedad y el Estado. Por otra parte, con el fin de reanudar el diálogo
con el EZLN, el 5 de diciembre el presidente Fox envió al H. Congreso de
la Unión la nueva Iniciativa de Reforma de Cultura y Derechos Indígenas
y el 7 de diciembre al Senado de la República. (2)
Dentro de este contexto histórico, el espíritu
de autonomía y dignidad del México Profundo expresado a través
del movimiento insurgente del EZLN planteó como horizonte a lo largo de
7 años que las comunidades autóctonas veían "con esperanza
la palabra que se ha alzado de los diferentes pueblos indígenas y que grita
un YA BASTA!. Los pueblos indígenas de México hemos abierto un camino
hacía la paz, la justicia, la dignidad, la verdad, ahora sólo nos
queda mantener nuestro paso firme y unirnos más como comunidad para lograr
nuestra meta: MAS MEDIOS DE COMUNICACION EN FAVOR DEL PUEBLO" (3).
Es por ello, que en síntesis, en materia
de cultura y acceso a los canales de información los Acuerdos de San Andrés
Larráinzar y la Iniciativa de Ley de Reforma de Cultura y Derechos Indígenas,
en esencia, formularon, en el punto 9 y 7 respectivamente, que el Estado mexicano
reconoce que "los pueblos indígenas tienen el derecho a la libre determinación
y a la autonomía, como parte del Estado mexicano .... para adquirir, operar
y administrar sus propios medios de comunicación" (4).
Este acuerdo se reforzó políticamente
cuando la Ing. Xochitl Gálvez Ruiz, Jefa de la Oficina para el Desarrollo
de los Pueblos Indígenas, le solicita al Presidente Fox Quesada que "las
comunidades indígenas necesitamos tener mas espacios en los medios de comunicación
para informar a nuestra gente, para desaparecer ese temor que existe en nuestros
pueblos" (5). Ante esta demanda, el Presidente Fox se comprometió públicamente
en la televisión regional de Chiapas a "hablar con el Secretario de Comunicaciones
y Transportes y con el Secretario de Gobernación para ver esa posibilidad.
Yo no veo que haya mucho problema de que nos extendamos en tener más participación
de radiodifusoras para las comunidades indígenas, y lo mismo en televisión.
Eso se puede hacer y me parece muy interesante y vamos a apoyarla" (6).
Con estos elementos jurídico-políticos
quedaron asentadas las bases para negociar entre el EZLN y el Congreso el pacto
social existente entre pueblos indios, Estado y acceso a los medios de comunicación.
EL ACCESO DE LOS PUEBLOS INDIOS A LOS MEDIOS
DE COMUNICACION SOCIAL: UN ACUERDO ENGAÑOSO.
Sin embargo, no obstante el transcurrir de muchos años de presión
y negociación entre la guerrilla y el Estado, fue asombroso lo limitado
y engañoso de este acuerdo consensado entre gobierno y EZLN, por las siguientes
5 razones:
1.- El reconocimiento del Estado mexicano de que
los pueblos indígenas tienen el derecho a la libre determinación
y a la autonomía, para adquirir, operar y administrar sus propios medios
de comunicación, no implicó ningún avance nuevo en la lucha
de las comunidades autóctonas para contar con medios de expresión
propios, pues son derechos abstractos básicos que la Constitución
Política Mexicana y la Ley Federal de Radio y Televisión ya reconoce
a todos los ciudadanos mexicanos con mucha anterioridad al surgimiento del movimiento
zapatista el 1 de enero de 1994. Así, en primer término, el artículo
6 de la Constitución Mexicana señala que "la manifestación
de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa,
sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún
delito, o perturbe el orden público; el derecho a la información
será garantizado por el Estado" (7). El artículo 7 de la Constitución
consagra que "es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre
cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura,
ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta,
que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la
moral y a la paz pública ...." (8).
En segundo término, la Ley Federal de Radio
y Televisión, acepta en el artículo 58 que "el derecho de información,
de expresión, y de recepción, mediante la radio y la televisión,
es libre y consecuentemente no será objeto de ninguna inquisición
judicial o administrativa ni de limitación alguna ni censura previa, y
se ejercerá en los términos de la Constitución y de las leyes
" (9).
En tercer término, el artículo 30
del Convenio 169 Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas
y Tribales de la firmado por el Senado de la República de México
en 1989 señala en sus incisos 2 y 3 que "los gobiernos deberán adoptar
medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin
de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe
al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación
y salud, a los servicios sociales y a los derechos dimanantes del presente Convenio.
Para tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas
y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las
lenguas de dichos pueblos" (10).
Por este motivo dicho acuerdo, sólo repitió un derecho que era propio
de cualquier mexicano y no agregó ninguna garantía, derecho, facultad
o mecanismo nuevo para que los pueblos indios puedan tener sus propios medios
de comunicación colectivos, y por consiguiente, todo siguió igual.
B.- En caso de que se hubiera ampliado políticamente
la propuesta y se aprobara la existencia autónoma de medios de comunicación
indígenas, la iniciativa hubiera introducido una grave contradicción
de carácter técnico jurídico, pues el planteamiento establecería
un régimen normativo de excepción para los pueblos indios, al aceptar
la autorregulación total de éstos, que entraría en oposición
con el conjunto de otras leyes, al proponer que estos gozaran de un derecho extra
constitucional, por encima del régimen actual de concesiones y permisos
que formula la Ley Federal de Radio y Televisión, al que deben de sujetarse
obligatoriamente el resto de los mexicanos (11).
En consecuencia, la formulación de este punto "dejó en la incertidumbre
tanto la dotación como la promulgación de una nueva ley que dotara
a los pueblos indios de medios de comunicación y garantizara su uso y operación,
como estaba establecido en los Acuerdos de San Andrés. La propuesta de
la Cocopa tampoco aportó nada en concreto para lograr que los pueblos indios
tuvieran sus propios medios de comunicación" (12). Por lo tanto, la propuesta
fue contradictoria y por lo tanto, inviable, a menos que, se hubiera modificara
la actual Ley de Radio y Televisión, lo cual implicaba una transformación
constitucional de mayor profundidad que rebasaría el marco de la negociación
indígena.
C.- La propuesta redujo su planteamiento a un derecho ya obtenido por los mexicanos
y desconoció todos los elementos restantes que planteó el movimiento
zapatista a lo largo de 8 años para progresar en la creación de
un nuevo pacto profundo de relación comunicativa entre Estado, comunidades
indígenas y sociedad global. De esta forma, el acuerdo desconoció
elementos como la elaboración de una nueva ley de comunicación social
que incluya los derechos de los ciudadanos, el reconocimiento del Derecho a la
Comunicación, la reglamentación del Derecho a la Información,
la creación del derecho de replica, la eliminación de los monopolios
informativos, la no privatización de los espacios públicos, la creación
de la figura del Ombudsman de la comunicación, el uso del 12.5 % del tiempo
oficial para la participación de los grupos indios, la modificación
de la política de otorgamiento de concesiones de radio y televisión,
el fortalecimiento del modelo de medios de servicio público, terminar con
la relación de contubernio existente entre medios y Estado, la reducción
del comercialismo en los medios, tipificar como delito la manipulación
y la desinformación de la opinión pública, suprimir las expresiones
sexistas y racistas del lenguaje, mayor autonomía de participación
de las comunidades indígenas en las radiodifusoras indígenas, etc.
D.- La iniciativa de ley tampoco consideró
un mecanismo financiero elemental para que los pueblos indios puedan adquirir
sus propios medios de comunicación o la compra de espacios de expresión
dentro de éstos, sino que dejó el ejercicio de ese derecho dependiendo
de la capacidad económica de las comunidades indias. Esto significa, que
dicha garantía constitucional será casi imposible aplicarla a los
sectores indígenas, pues la casi totalidad de las comunidades autóctonas,
viven en la miseria, la marginación y el hambre, sin contar con recursos
para destinarlos a este fin, que exige grandes inversiones económicas para
poder instalar medios de información propios.
E.- Finalmente, la propuesta tampoco incluyó
ningún procedimiento concreto u operativo para permitir la integración
de los indígenas dentro de la actual estructura de canales de información
nacionales. Continuó dejando fuera o en el vacío la participación
de los pueblos indios en los medios de comunicación.
Al parecer, a principios del siglo XXI y del nuevo
gobierno de transición democrática en México, en el terreno
de la comunicación, se sigue sin contar con la suficiente voluntad política
por parte del Poder Ejecutivo para encontrarle la cuadratura al circulo y permitir
que la sociedad mexicana cuente con los derechos universales básicos en
materia de Derecho a la Información.
Lo más asombroso de esta situación
es que la casi totalidad de la opinión publica nacional, incluyendo a la
inteligencia y al periodismo critico, centró su atención en los
aspectos frívolos y secundarios del proceso y la marcha zapatista y no
en la discusión o enriquecimiento profundo de las propuestas presidenciales
enviadas a Congreso de la Unión para ser negociadas con el EZLN en materia
de comunicación social. Así, la atención giró alrededor
de si los zapatistas vienen a negociar con máscara o sin máscara,
como se comportó Marcos en la entrevista con el comediante Ponchito, el
estreno del Presidente Fox como conducto radiofónico en el programa Fox
en Vivo, Fox Contigo para entrevistar a los representantes indígenas (13),
las características que tuvo el Concierto por la Paz o Chiapatón
que organizó Televisa y Televisión Azteca, los comerciales televisivos
que la Cia. Viana realizó para vender productos electrodomésticos
con imágenes de Marcos, el Comandante Tacho y EZLN (14); y no en el análisis
del punto 9 de los Acuerdos de San Andrés o 7 de la Iniciativa de Ley de
Reforma de Cultura y Derechos Indígenas para la reivindicación histórica
de los indígenas.
Algo sumamente grave y profundo sucedió
en la conciencia nacional, pues ante un hecho histórico tan trascendental
en materia de derecho a la información (quizas el más importante
en los últimos 30 años), ni el periodismo critico, ni los partidos
políticos, ni las organizaciones no gubernamentales, ni las escuelas de
comunicación, etc. asimilaron dicha situación desde un ángulo
critico y analítico, y también quedaron hipnotizados por el gran
glamour y poder mediático regenerador de los medios de difusión
que creó un ambiente de paz virtual en technicolor. Cuando más,
sólo algunos analistas políticos criticaron tangencialmente la realización
del Concierto por la Paz (15) o la entrevista concedida por el Presidente Fox
a Ponchivisión, la difusión espectacular de la Caravana de la Dignidad
o la manipulación de algunas imágenes de la marcha zapatista, pero
no reflexionaron sobre lo fundamental: ¿ Cómo lograr que las comunidades
indígenas accedan a los medios de información colectivos para transmitir
su otra versión de la vida y de la historia ?.
Con la realización del Concierto Por la
Paz y la manipulación de algunas transmisiones televisivas por parte de
Televisa y Televisión Azteca, se creó en la opinión pública
nacional un clima de presión social para que el zapatismo quedara políticamente
acorralado para firmar los Acuerdos de San Andrés tal y como estaban, sin
poder negociar nuevas condiciones favorables para los indígenas. La estrategia
informativa de los monopolios de la comunicación prepararon a la opinión
pública para acusar de intolerante, infantil, caprichoso, payaso, narcisista,
etc. al Comandante Marcos y al EZLN, en caso de no aceptar las condiciones de
la paz.
Así, podemos decir que gradualmente el
poder mediático de los medios de información se apoderó de
la fuerza simbólica del EZLN, lo convirtió en espectáculo,
lo descontextualizó, lo canalizó hacia sus intereses, hipnotizó
una vez más a la sociedad y abortó la reflexión y discusión
sobre el acceso de los pueblos indios a los medios de comunicación. En
una idea, convirtió al movimiento indígena insurgente del EZLN en
una mercancía informativa más del consumo cultural masivo posmoderno,
que fue desechada cuando ya no registró raiting y fue cambiada por otros
hechos coyunturales mercadológicamente más rentables.
Esta realidad, fue una prueba más, de cómo
la cultura idiota, a partir de la agenda setting que generan los medios de comunicación,
nos hace olvidar lo principal, para que nuestra conciencia colectiva gire alrededor
de lo secundario, lo anecdótico, lo frívolo, lo descontextualizado
o lo tercerario. Es la reproducción ampliada del alzhaimer cultural a nivel
nacional y el avance de la cultura light en los medios de información social.
Con el apoderamiento del mito y la simbología
del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional por los medios de información
colectivos, en unas semanas, el movimiento libertario del EZLN pasó de
ser noticia, para convertirse en una mercancía más del consumo cultural
de masas.
Toda esta asombrosa realidad contradictoria en
México representa, por una parte, que la cultura colectiva generada por
los medios de información seguirá siendo unidimensional y occidentalizada,
y no multi y pluricultural, pues los 62 pueblos indígenas, con sus 62 lenguas
diferentes y sus 30 variantes (en total 92 lenguas distintas) (16), seguirán
sin participar y aportar su cosmovisión dentro del especto de la cultura
de masas. Con ello, continuará fortaleciéndose en el modelo de comunicación-mercado
que hoy domina en la comunicación colectiva, los parámetros de la
Cultura Idiota que tanto ha erosionado mental y espiritualmente a nuestro país
y no el modelo de servicio publico que le urge a nuestro horizonte cultural nacional
para sobrevivir.
Por otra, que el resto de los acuerdos logrados
por el EZLN frente al Estado federal en materia de autonomía, derechos
humanos, sustentabilidad, libre determinación, plurietnias, autogobierno,
especificidades culturales, participación y representación política,
protección a migrantes étnicos, formas de organización, uso
y disfrute de los recursos naturales, preservación de sus lenguas, impulso
a sus culturas, satisfacción de necesidades básicas, etc. de los
pueblos indígenas, se encuentran en condiciones muy frágiles de
consolidación, pues para garantizarlos, a mediano y largo plazo, se requiere
contar con una sólida base de poder para defenderlos. Hoy día, al
inicio del siglo XXI en México, el acceso al primer poder, se deriva del
acceso a los medios de comunicación colectivos. Si no se cuenta con acceso
a la estructura de información difícilmente se pueden defender otras
conquista sociales ya obtenidas.
Por esta razón, en cuanto a la realización
del Derecho a la Información de los Indígenas, ahora resulta indispensable
y urgente que el EZLN y la sociedad civil abran los ojos y elaboren nuevas propuestas
políticas, jurídicas, económicas y culturales, a nivel conceptual
y operativo, para pactar e implementar, de manera real y no retórica, la
implementación avanzada de los acuerdos de San Andrés Larráinzar
y la nueva Iniciativa de Ley Sobre Cultura y Derechos Indígenas en México.
En este sentido, es fundamental retomar el espíritu de dignidad y autonomía
planteado por las comunidades autóctonas en el III Congreso Nacional Indígena
que sobre el acceso de las etnias a los canales de difusión planteó
"la apropiación y acceso Constitucional de los Pueblos Indios a los medios
de comunicación ... para difundir nuestra cultura, tradiciones y hacer
escuchar nuestra palabra ..." (17).
En consecuencia, en materia de comunicación
colectiva, es necesario romper la cuadratura del círculo que tradicionalmente
ha argumentado el gobierno federal para evitar democratizar el sistema de comunicación
nacional.. De lo contrario, en el campo de la comunicación social, de muy
poco habrá servido el levantamiento armado, el monumental sacrificio indio
y el derramamiento de sangre que el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional
ha realizado durante 8 años, pues todo continuará igual: Contrariamente
al lema del levantamiento zapatista ¡Nunca Más un México sin
Nosotros!, los indígenas seguirán sin voz y el proyecto de planetario
de globalización mundial continuará creando un México posmoderno,
sin la presencia de los indios.
E-mail: jesteino@cueyatl.uam.mx
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:
(1) ¡ Hoy Decimos Basta !, Primera Declaración de
la Selva Lacandona, Subcomandante Marcos (Rafael Sebastián Guillén
Vicente), Comandancia del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN),
31 de diciembre del 1994, Selva Lacandona, Chiapas, México, 1994.
(2) Iniciativa de Ley de Reforma
Sobre los Derechos y Cultura Indígena, Presidencia de la República,
México, D.F., 5 de diciembre del 2000, 8 paginas y Plantea Fox sus motivos,
José Antonio Sandoval, Reforma, 30 de enero del 2001.
(3) La palabra. Derecho a los medios
de comunicación y de una información verdadera, Derechos humanos.
Derechos de los pueblos indios. Acuerdos del Congreso Nacional Indígena:
"Nunca mas un México sin nosotros", Congreso Nacional Indígena,
México, D.F., 8 al 12 de octubre de 1996, pagina 7.
(4) Acuerdos de San Andrés Larráinzar, en: Chiapas Con Justicia
y Dignidad. Memoria de Acuerdos, Compromisos, Acciones y Obras, Coordinación
Para el Diálogo y la Negociación en Chiapas, Gobierno de México,
México, D.F, noviembre del 2000, paginas 91 a 93 e Iniciativa de ley enviada
por el Presidente Fox al H. Congreso de la Unión, Presidencia de la República,
Gobierno de México, México, D.F., 5 de diciembre del 2000, 8 paginas.
(5) Palabras de la Ing. Xochitl
Gálvez Ruiz, Jefa de la Oficina para el Desarrollo, Entrevista con representantes
indígenas, Centro Cultural "El Carmen", Televisión Regional de Chiapas,
San Cristóbal las Casas, Chiapas, México, 17 de enero del 2001.
(6) Entrevista con representantes indígenas, Centro Cultural "El Carmen",
Televisión Regional de Chiapas, San Cristóbal las Casas, Chiapas,
México, 17 de enero del 2001.
(7) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Editorial
Sista, S.A. de C.V, México, D.F., enero del 2001, pagina 6 y 7.
(8) Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, Editorial Sista, S.A. de C.V, México,
D.F., enero del 2001, pagina 6 y 7.
(9) Ley Federal de Radio y Televisión
y su Reglamento, Comisión de Radio Televisión y Cinematografía,
(RTC), Cámara de Diputados, LVII Legislatura, México, D.F, junio
del 2000, pagina 28.
(10) Convenio Sobre Pueblos Indígenas
y Tribales, Organización Internacional del Trabajo (OIT), ILOLEX: La base
de datos sobre normas internacionales del trabajo, México, D.F., 19 de
marzo de 1997, pagina 10.
(11) La propuesta de la COCOPA,
Arturo Warman, La Crónica de Hoy, 12 de diciembre del 2000; La propuesta
zapatista de medios de comunicación insuficiente, Revista Proceso No. 1270,
Semanario de Información y Análisis, México, D.F., 4 de marzo
del 2001, paginas 16 y 17 y Renovación del PRI, Entrevista con Francisco
Labastida Ochoa, Noticiario Cúpula Empresarial 1ª Edición,
México, D.F., 22 de febrero del 2001.
(12) Material de estudio para la
Consulta Nacional Sobre la Iniciativa de Ley Indígena de la Comisión
de Concordia y Pacificación y por el Fin de la Guerra de Exterminio, Frente
Zapatista de Liberación nacional (FZLN), San Cristobal Las Casas, Chiapas,
México, 1998, pagina 5.
(13) "Fox en vivo, Fox contigo",
Programa radiofónico, Cámara Nacional de Radio y Televisión
/CIRT) y Grupo ACIR, Presidencia de la República, México, D.F.,
20 de enero del 2001, 11 paginas.
(14) Durante varias semanas de
principios del año 2001 la Cia. Viana aprovechó diversas imágenes
actuadas del EZLN para elaborar spots publicitarios que promovían sus mercancías,
especialmente del ramo de electrodomésticos. Para ampliar este punto, consultar
Un comercial de Viana entra al chacoteo político, Revista Proceso No. 1269,
Revista de Información y Análisis, México, D.F., 25 de febrero
del 2001, pagina 82. Por otra parte, también la empresa Imagen Pública.
Colegio de Consultores aprovecha imágenes similares para promover en la
prensa a dicha institución ¿ Por qué tiene tanto poder ?,
El Financiero, México, D.F., 2 de marzo del 2001.
(15) El concierto por Chiapas.
La unión Televisa/TV Azteca provoca el sarcasmo, Revista Proceso No. 1266,
semanario de información y análisis, México, D.F., 18 de
febrero del 2001, paginas 86 y 87; TV Concierto de Televisa-TV Azteca, Revista
Proceso No. 1266, semanario de información y análisis, México,
D.F., 18 de febrero del 2001, paginas 83 y 84.
(16) Palabras de Xochitl Gálvez
Ruiz en el programa Fox en vivo, Fox contigo, Directora de la Oficina Para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Programa Fox en Vivo, Fox Contigo,
Cámara Nacional de la Radio y Televisión y Grupo ACIR, México,
D.F., 20 de enero del 2001, versión estenográfica, pagina 2.
(17) Acuerdos resolutivos del III
Congreso Nacional Indígena, Mesa No. 2-A y Mesa No. 3, III Congreso Nacional
Indígena, Comunidad indígena de Nurio, municipio de Michoacán,
Michoacán, México, 2 al 4 de marzo del 2001, paginas 4 a 9.
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